
El Diario Oficial de Galicia de hoy, martes 10 de noviembre, publica el DECRETO 181/2020, de 9 de noviembre, del presidente de la Xunta de Galicia, por el que se modifica el Decreto 179/2020, de 4 de noviembre. En lo que se refiere a nuesttra parroquia la modificación es la siguiente:
Tercero. Limitaciones a la permanencia de personas en lugares de culto:
2. La asistencia a lugares de culto, en las condiciones establecidas en el número anterior, no podrá superar el tercio de su capacidad en los ayuntamientos enumerados en los números 1 y 2 del punto primero de este decreto.
3. Deberán establecerse medidas para ordenar y controlar las entradas y salidas a los lugares de culto para evitar aglomeraciones y situaciones que no permitan cumplir con la distancia de seguridad.
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